Cuando se trata de herencias en España, uno de los aspectos más importantes que debes conocer es el concepto de legítima. Este derecho, regulado en el Código Civil, garantiza que ciertos herederos no puedan ser desheredados por completo, protegiendo una parte mínima de la herencia que les corresponde por ley. En este artículo, te explicaremos qué es la legítima, quiénes tienen derecho a ella y cómo funciona este concepto en el reparto de una herencia.
¿Qué es la legítima?
La legítima es una porción de la herencia de la que el testador no puede disponer libremente, ya que la ley obliga a reservarla para ciertos herederos conocidos como herederos forzosos. En otras palabras, aunque una persona pueda disponer de su patrimonio a través de un testamento, hay una parte de la herencia que debe destinarse obligatoriamente a sus herederos forzosos.
Este derecho se encuentra regulado en los artículos 806 y siguientes del Código Civil (CC).
¿Quién puede considerarse heredero forzoso?
Los herederos forzosos son aquellos que, según la ley, tienen derecho a recibir la legítima. El artículo 807 del CC define que estos herederos serán:
- Los hijos y descendientes: En primer lugar, los hijos tienen derecho a recibir la legítima. Si alguno de los hijos ha fallecido, su parte de la legítima pasa a sus descendientes, es decir, a los nietos del testador.
- Los padres y ascendientes: En el caso de que el testador no tenga hijos ni descendientes, la legítima corresponderá a sus padres o, en su defecto, a otros ascendientes como los abuelos.
- El cónyuge viudo: El cónyuge superviviente también tiene derecho a una parte de la herencia, pero su participación en la legítima es diferente, ya que se le reserva el usufructo de una parte de los bienes.
Cálculo y distribución de la legítima
El cálculo de la legítima depende de quiénes sean los herederos forzosos, descendientes, ascendientes o cónyuge:
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Si hay hijos o descendientes
Se parte de la base de que el caudal hereditario o valor del patrimonio total de la herencia se divide en tres partes:
- Tercio de legítima estricta: Este tercio debe ser repartido de manera equitativa entre todos los descendientes:
- Tercio de mejora: El testador tiene la libertad de mejorar la parte de alguno de sus descendientes, es decir, puede asignar más a uno de los hijos, nietos, etc., en lugar de repartirlo equitativamente.
- Tercio de libre disposición: Este es el único tercio del que el testador puede disponer libremente, asignándolo a quien desee, ya sea un familiar, amigo o incluso una entidad.
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Si no hay hijos, pero hay padres o ascendientes
En este caso, la legítima será la mitad de la herencia, que deberá repartirse entre los padres u otros ascendientes. Sin embargo, si el fallecido estaba casado, la legítima de los padres o ascendientes se reduce a un tercio de la herencia.
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El cónyuge viudo
- Si concurre con la existencia de descendientes, el cónyuge viudo tiene derecho al usufructo del tercio de mejora.
- Si concurre con ascendientes, la legítima del cónyuge corresponde al usufructo de la mitad de la herencia.
- En caso de que el fallecido no tuviera ni descendientes ni ascendientes, tendrá derecho al usufructo de dos tercios de la herencia.
Un ejemplo práctico de reparto de la legítima sería el siguiente: Un matrimonio tiene tres hijos y el fallecido deja un patrimonio total de 300.000 euros. El cónyuge sobreviviente tiene derecho al usufructo de parte de la herencia, mientras que los hijos reciben la legítima estricta. El reparto de la legítima se calcularía de la siguiente manera:
- Tercio de legítima estricta: Este tercio debe repartirse entre los tres hijos por partes iguales. En este caso, un tercio de 300.000 euros es 000 euros. Esa cantidad se divide entre los tres hijos, lo que implica que a cada uno le corresponderían 33.333 euros.
- Tercio de mejora: Este tercio también está destinado a los hijos, pero el testador puede favorecer a alguno en particular, o distribuirlo a su criterio. En este caso, otros 100.000 euros pueden destinarse a uno o más hijos de manera desigual, según el deseo del testador.
- Tercio de libre disposición: El último tercio de 000 euros puede ser asignado a quien el testador desee, ya sea algún amigo, un familiar o incluso instituciones benéficas.
Por último, el cónyuge viudo tiene derecho al usufructo de una parte de la herencia. En este caso, el cónyuge recibiría el usufructo del tercio de mejora (100.000 euros), lo que significa que tiene derecho a disfrutar de los beneficios de ese patrimonio, como los ingresos que generen los bienes, pero no será su propietario absoluto.
¿Qué ocurre si no se respeta la legítima?
Si el testador no respeta la legítima en el testamento, los herederos forzosos pueden impugnar el testamento y reclamar lo que les corresponde. Esto es posible cuando uno o más herederos forzosos han sido excluidos o si su porción es menor de lo que deberían recibir según la ley.
En este caso, los herederos afectados pueden acudir al Juzgado de Primera Instancia para presentar una reclamación. El tribunal analizará el caso y, si se confirma que la legítima no ha sido respetada, ordenará la reducción de las disposiciones testamentarias que afecten a la legítima. Es decir, las disposiciones del testamento que superen los límites permitidos por la ley serán reducidas para asegurar que los herederos forzosos reciban la legítima que les corresponde.
¿Es posible desheredar a un heredero forzoso?
La desheredación de un heredero forzoso es posible, pero solo cuando se produzca alguna de las causas específicas señaladas expresamente por la ley, como dispone el artículo 848 del CC. Algunas de las causas más comunes para la desheredación incluyen:
- Obligar al testador, mediante amenazas, fraude o violencia, a realizar o modificar su testamento, impedirle revocarlo, o haber suplantado, ocultado o alterado un testamento posterior.
- Negar alimentos al testador o a sus familiares cuando se encontraban en situación de necesidad.
- Ser condenado por un delito contra la vida, la libertad, la integridad moral, o la libertad e indemnidad sexual del testador o de sus familiares.
- Haber maltratado físicamente o injuriado de manera grave al testador.
- Acusar falsamente al testador de un delito grave, siempre que el acusador haya sido condenado por denuncia falsa.
En conclusión, la legítima asegura que ciertos herederos forzosos reciban una porción de la herencia. El CC establece criterios claros sobre cómo se distribuye la legítima entre hijos, ascendientes y el cónyuge. En caso de incumplimiento, los herederos forzosos tienen la posibilidad de reclamar su parte en los tribunales, lo que subraya la importancia de respetar la normativa para evitar conflictos futuros. Por tanto, tanto si eres testador como heredero, es fundamental conocer tus derechos y las obligaciones que conlleva la legítima para asegurar una correcta gestión del patrimonio heredado.