El interés superior del menor en las decisiones judiciales: Qué significa y cómo se aplica

El interés superior del menor es un concepto fundamental en el ámbito del derecho que busca garantizar que todas las decisiones judiciales y administrativas que afecten a los menores de edad prioricen su bienestar y desarrollo integral. En muchas ocasiones, los tribunales se enfrentan a situaciones en las que deben sopesar diversos factores y derechos en conflicto, y el interés del menor actúa como un principio rector que orienta dichas resoluciones.

En este artículo analizaremos qué significa este principio, su regulación en el ordenamiento jurídico español y cómo se aplica en la práctica judicial.

¿Qué es el Interés Superior del Menor?

El interés superior del menor es un principio fundamental en el derecho español e internacional que busca garantizar que todas las decisiones que afecten a un niño o adolescente estén dirigidas a proteger su bienestar y desarrollo integral. Se encuentra regulado en diversas normas, entre ellas:

  • La Constitución Española, en su artículo 39, reconoce la protección especial de la infancia.
  • La Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, que establece su interés superior como principio rector. En su artículo 2 establece que en las actuaciones de los poderes públicos y en la aplicación de las leyes primará el interés superior de los menores sobre cualquier otro interés legítimo que pudiera concurrir.
  • El Código Civil, en sus artículos 92, 154 y 170, regula aspectos como la patria potestad, la guarda y custodia y la adopción.
  • La Convención sobre los Derechos del Niño de Naciones Unidas (1989), ratificada por España en 1990, donde se establece en su artículo 3.1 que el interés del menor debe ser una consideración primordial en todas las decisiones que le afecten.

Aplicación del Interés Superior del Menor en el ámbito Judicial

En los tribunales, este principio es un criterio esencial para resolver conflictos que involucren a menores. Su aplicación varía según la naturaleza del procedimiento:

     1. Procesos de divorcio y guarda y custodia

El ámbito donde más se invoca el interés superior del menor es en los procedimientos de separación y divorcio, en cuestiones como la custodia, el régimen de visitas y la patria potestad.

Cuando los progenitores se separan, los jueces deben determinar con quién vivirá el menor y cómo se regulará el régimen de visitas. El artículo 92 del Código Civil establece que se adoptará la solución más beneficiosa para el menor, considerando:

  • La relación con cada progenitor.
  • La capacidad de cada uno para atender sus necesidades.
  • La voluntad del menor, si tiene madurez suficiente (art. 9 de la Ley Orgánica 1/1996).

Los jueces pueden solicitar informes psicosociales y escuchar a los propios menores.

Por ejemplo, en un divorcio conflictivo, el juez puede otorgar la custodia exclusiva a uno de los progenitores si considera que la convivencia con el otro podría ser perjudicial para el menor, basándose en informes psicosociales.

     2. Procedimientos de adopción y acogimiento familiar

En adopciones y acogimientos, el interés del menor es prioritario según el artículo 176 del Código Civil. Se evalúa si la nueva familia podrá brindarle un entorno estable y afectivo. Además, la Ley de Protección del Menor obliga a que, si el menor tiene suficiente juicio, se le escuche antes de tomar una decisión.

     3. Menores en situación de desamparo

Cuando se detecta que un menor está en una situación de riesgo o desamparo (por ejemplo, en casos de abandono o maltrato), la Administración puede asumir la tutela y tomar medidas urgentes, según el artículo 172 del Código Civil.

     4. Delitos cometidos por menores

En el derecho penal, el interés superior del menor es determinante en la aplicación de la Ley Orgánica 5/2000, reguladora de la responsabilidad penal del menor. Esta normativa establece un sistema de justicia juvenil orientado a la reeducación y reinserción del menor infractor, priorizando medidas socioeducativas frente a sanciones estrictamente punitivas. Los jueces deben priorizar medidas socioeducativas sobre las sancionadoras cuando juzgan a menores infractores, con el objetivo de favorecer su reinserción social.

Ejemplo: En lugar de imponer una pena privativa de libertad a un menor que ha cometido un delito leve, el juez puede optar por medidas de libertad vigilada o prestación en beneficio de la comunidad.

     5. Derecho de extranjería y protección internacional

El interés superior del menor también es fundamental en decisiones sobre extranjería. Según la Ley de Extranjería, un menor no puede ser expulsado si no tiene familia en su país de origen o si su bienestar corre peligro.

Además, el interés superior del menor debe ser un criterio prioritario en procedimientos de expulsión de extranjeros con hijos en España. En este caso, la Administración debe valorar cómo la expulsión afectará a los menores.

Criterios para determinar el interés superior del menor

El interés superior del menor no es un concepto rígido, sino que debe analizarse en cada caso concreto. Algunos de los factores clave que los jueces y la Administración valoran incluyen:

  • Relación con los progenitores y otros familiares: Se prioriza la estabilidad emocional del menor y su relación con ambos padres, salvo en casos de riesgo.
  • Opinión del menor: Los niños tienen derecho a ser escuchados en función de su madurez, especialmente a partir de los 12 años.
  • Bienestar físico y emocional: Se analizan las condiciones de vida, educación, salud y entorno familiar.
  • La seguridad física y emocional, evitando situaciones de riesgo. Se tienen en cuenta antecedentes de maltrato o negligencia.
  • El derecho a la identidad, incluyendo nacionalidad, cultura y relaciones familiares.

Estos criterios se ponderan caso por caso para determinar la mejor solución.

En conclusión, el interés superior del menor es un principio básico en el derecho español que orienta las decisiones judiciales en asuntos familiares, penales, administrativos y de extranjería. Su aplicación implica evaluar distintos factores dependiendo del caso concreto para garantizar que cada menor reciba la protección que necesita.

Dado su carácter prioritario, es esencial que tanto los operadores jurídicos como los progenitores comprendan su importancia y las implicaciones que tiene en la resolución de conflictos familiares y en otros ámbitos del derecho. La jurisprudencia sigue perfilando los criterios para su correcta aplicación, garantizando que los derechos de los menores sean protegidos de forma efectiva en todo momento.